Concurso Nacional de Ideas RAP 2026

Laguna La Rosita – Partido de Castelli – Provincia de Buenos Aires

BASES DEL CONCURSO 

PRESENTACIÓN Y FUNDAMENTOS

La Laguna La Rosita, en Castelli, Provincia de Buenos Aires, forma parte de un paisaje pampeano vivo y en transformación. Desde 2013, el Municipio de Castelli desarrolla un proceso sostenido de recuperación y consolidación del área, incorporando espacios de uso público, recreativo, cultural y comunitario.

El Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026 propone sumar a ese proceso la mirada y la capacidad proyectual de estudiantes universitarios, jóvenes graduados y estudiantes de posgrado de todo el país.

El punto de partida es comprender el paisaje como una construcción dinámica y relacional, configurada a través del tiempo por la interacción entre el agua, los ambientes naturales, los usos y prácticas sociales y culturales, las infraestructuras, las memorias, las percepciones y las transformaciones territoriales.

El desafío consiste en leer e interpretar esa trama, reconocer sus relaciones, valores, dinámicas, conflictos y potencialidades y, desde allí, construir una estrategia de proyecto capaz de articular, cualificar y proyectar esas relaciones hacia el futuro. Las intervenciones deberán surgir de esa lectura y comprenderse como partes relacionadas de una estrategia de proyecto del paisaje.

El concurso se concibe así como una instancia académica y proyectual en la que la lectura del paisaje constituye el fundamento de la intervención:

LEER → INTERPRETAR → CONSTRUIR CRITERIO → DEFINIR ESTRATEGIA → PROYECTAR.

CAPÍTULO I – ORGANIZACIÓN Y CONVOCATORIA

Artículo 1. Organización y aval institucional

El Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026 – Laguna La Rosita, Castelli se desarrolla en el marco del Encuentro Internacional Paisaje en Red – Paisajes de Vida, organizado por la Red Argentina del Paisaje (RAP) y la Iniciativa Latinoamericana del Paisaje (LALI).

El Concurso es organizado por la Red Argentina del Paisaje (RAP), a través del Nodo Buenos Aires, con el aval y acompañamiento institucional del Municipio de Castelli, en cuyo territorio se localiza el paisaje objeto de la convocatoria.

La elección de la Laguna La Rosita como caso de estudio se inscribe en un proceso de articulación con el Municipio de Castelli y en la consulta realizada localmente para la selección del sitio. El Municipio aporta asimismo la documentación territorial, cartográfica, normativa y técnica que integra el dossier oficial del concurso y constituye la base de información puesta a disposición de los equipos participantes.

El concurso cuenta además con el aval y acompañamiento académico de universidades e instituciones vinculadas a la formación, investigación y proyecto de paisaje que adhieran a la convocatoria, cuya nómina será comunicada oficialmente por la organización.

Artículo 2. Patrocinio y acompañamiento institucional

La RAP podrá establecer acuerdos de patrocinio y colaboración con organismos públicos, universidades, instituciones académicas, organizaciones y empresas que deseen acompañar el concurso.

Los apoyos que se incorporen podrán ampliar los premios, reconocimientos y beneficios académicos, formativos o vinculados con la participación presencial de los equipos seleccionados, y serán comunicados oportunamente a través de los canales oficiales del concurso.

La incorporación de nuevos apoyos no modificará las condiciones de participación ni los criterios de evaluación establecidos en estas Bases.

Artículo 3. Alcance

El concurso tiene alcance nacional y está dirigido a estudiantes universitarios de grado, jóvenes graduados y estudiantes de posgrado de universidades argentinas públicas y privadas, provenientes de carreras y campos disciplinares vinculados al paisaje, la arquitectura, el urbanismo, la planificación territorial, la ingeniería del paisaje, el diseño, las ciencias ambientales, ciencias sociales y otras disciplinas afines.

Se promueve la conformación interdisciplinaria de los equipos, sin que esta constituya un requisito para participar.

La participación de los equipos será libre y no estará condicionada a la presentación de un aval individual de su universidad de pertenencia. La RAP promoverá el aval, la adhesión y la difusión institucional de la convocatoria por parte de universidades de todo el país, así como el acompañamiento a la participación de sus estudiantes y jóvenes graduados.

Artículo 4. Carácter del concurso

El concurso es de ideas.

Las propuestas presentadas tendrán carácter conceptual y proyectual y no implicarán compromiso de adopción, desarrollo técnico ni ejecución por parte de la Red Argentina del Paisaje, del Municipio de Castelli ni de las instituciones que acompañan la convocatoria.

Los proyectos seleccionados serán objeto de las instancias de reconocimiento, publicación, exposición y difusión previstas en estas Bases.

CAPÍTULO II – PARTICIPANTES

Artículo 5. Participantes y categorías

Podrán participar estudiantes y jóvenes graduados de universidades argentinas públicas y privadas, provenientes de las carreras y campos disciplinares comprendidos en el alcance de la convocatoria.

  • Categoría A – Grado: estudiantes regulares de carreras universitarias de grado.

  • Categoría B – Jóvenes graduados: graduados universitarios con hasta dos (2) años de antigüedad desde la finalización de su carrera.

  • Categoría C – Posgrado: estudiantes regulares de carreras de especialización, maestría o doctorado vinculadas con los campos disciplinares comprendidos en esta convocatoria.

Artículo 6. Conformación de los equipos

La participación será exclusivamente en equipos de dos (2) a cinco (5) integrantes.

Los equipos podrán estar conformados por integrantes de una misma disciplina o incorporar participantes provenientes de diferentes campos de formación. Se promueve la conformación interdisciplinaria de los equipos, sin que esta constituya un requisito para participar.

Cuando un equipo esté integrado por participantes correspondientes a distintas categorías, deberá inscribirse en la categoría correspondiente al integrante de mayor nivel formativo.

De este modo, un equipo integrado por estudiantes de grado y jóvenes graduados participará en la categoría Jóvenes Graduados; y un equipo que incorpore uno o más estudiantes de posgrado participará en la categoría Posgrado.

Artículo 7. Tutoría

Cada equipo podrá contar con un docente o profesional tutor, cuya participación será optativa.

El tutor tendrá carácter de acompañamiento académico y no será considerado autor del proyecto. Sus datos serán consignados en la inscripción y permanecerán reservados durante la instancia de evaluación anónima.

Artículo 8. Inscripción

La inscripción será gratuita y se realizará mediante el formulario oficial disponible en el sitio web de la RAP, desde el 8 de agosto hasta el 10 de septiembre de 2026. (www.redargentinadelpaisaje.com.ar)

Cada equipo podrá presentar un único proyecto y cada participante podrá integrar un solo equipo.

Al momento de la inscripción deberá acreditarse la condición correspondiente a la categoría en la que participa: estudiante regular de grado, joven graduado o estudiante regular de posgrado.

Artículo 9. Anonimato

El concurso será anónimo durante la etapa de evaluación.

Las entregas no deberán contener nombres, universidades, instituciones ni ningún otro dato que permita identificar a los integrantes del equipo, sus tutores o su procedencia. El incumplimiento de esta condición será motivo de descalificación.

CAPÍTULO III – EL SITIO

Artículo 10. Sitio de intervención

El sitio de intervención es la Laguna La Rosita, ubicada a aproximadamente 2 km del centro de la ciudad de Castelli, Partido de Castelli, Provincia de Buenos Aires, con acceso pavimentado y a aproximadamente 175 km de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Autovía 2.

La elección de La Rosita como sitio del concurso surge del proceso de articulación con el Municipio de Castelli y de la consulta realizada localmente para la selección del lugar, reconociendo además el proceso de recuperación y transformación que el Municipio lleva adelante desde 2013.

La laguna y su entorno forman parte de un paisaje característico de la llanura pampeana, marcado por la escasa pendiente y por una importante variabilidad hídrica asociada a períodos de sequía e inundación. La documentación ambiental disponible para el área describe la presencia de lagunas, bañados y canales y reconoce estos ambientes como hábitat de la fauna regional.

La comprensión de estas dinámicas, así como de las relaciones naturales, sociales, culturales y territoriales que configuran actualmente el paisaje de La Rosita, formará parte de la lectura que cada equipo realice como fundamento de su propuesta.

Artículo 11. Ámbitos del paisaje y relaciones territoriales

A los fines de organizar la información disponible y orientar las intervenciones solicitadas, se reconocen tres ámbitos de referencia. Esta delimitación tiene carácter operativo y no supone entenderlos como unidades aisladas.

Los equipos deberán interpretar las relaciones existentes entre estos ámbitos, reconociendo sus dinámicas, continuidades, tensiones, valores y potencialidades como parte de una lectura integral del paisaje.

Ámbito 1 – El frente de uso público

Comprende el sector del margen oeste, de aproximadamente 30 ha, donde se localizan el balneario y playa, muelle, camping y parrillas, Parque de los Niños, gimnasio al aire libre, circuito aeróbico, quincho, sanitarios, accesos y otros equipamientos existentes. Incluye asimismo el Calvario y los espacios vinculados al evento cultural Jesús, el Camino, que se desarrolla cada Semana Santa.

La Laguna La Rosita y su entorno constituyen asimismo un espacio de prácticas sociales, recreativas y culturales que forman parte de la construcción y transformación de este paisaje. Entre ellas se destaca “Jesús, el Camino”, que se desarrolla cada Semana Santa en distintos sectores del predio y convoca a la comunidad local y a numerosos visitantes. Estas prácticas deberán ser reconocidas por los equipos como parte de la dimensión cultural del paisaje y podrán ser consideradas en sus propuestas de acuerdo con la lectura e interpretación que realicen del sitio.

Ámbito 2 – El agua y sus bordes

Comprende el espejo de agua actual, de aproximadamente 50 ha, y su delimitación proyectada, de aproximadamente 110 ha, de acuerdo con la cartografía proporcionada por el Municipio de Castelli.

El agua y sus bordes constituyen un componente estructurante del paisaje de La Rosita. Las propuestas deberán considerar su condición dinámica y explorar las relaciones entre el agua, sus orillas, los usos existentes y los demás ámbitos del sitio.

Ámbito 3 – La reserva natural proyectada

Comprende aproximadamente 150 ha en el sector sureste, identificadas en la documentación municipal como zona de reserva natural proyectada. Se trata de un sector de campo abierto, con presencia de pastizales y bañados, actualmente con acceso restringido y sin equipamiento destinado al uso público.

Las propuestas deberán reconocer sus valores ambientales y paisajísticos y considerar formas de relación y acceso compatibles con su conservación, sin presuponer que la incorporación de nuevos usos o equipamientos constituya necesariamente la respuesta adecuada.

Artículo 12. Marco normativo

El área de la Laguna La Rosita se encuentra comprendida en la zonificación PC – Parque Comarcal, regulada por el Artículo 20 de la Ordenanza Municipal Nº 10/90 de Castelli. La normativa contempla para este ámbito usos vinculados al turismo y al esparcimiento y establece especialmente la conservación del espejo de agua de la Laguna La Rosita y su entorno.

Asimismo, resulta de aplicación la Ordenanza Municipal Nº 041/20, que incorpora disposiciones específicas de protección ambiental para el Parque Comarcal y su entorno vinculadas a la aplicación de productos agroquímicos y plaguicidas.

Los equipos deberán considerar el marco normativo vigente aplicable al área como parte de la lectura del paisaje y de la fundamentación de sus propuestas.

La documentación normativa, territorial, cartográfica y técnica aportada por el Municipio de Castelli integra el dossier oficial del concurso. A ella se incorporarán las normas y antecedentes normativos complementarios que resulten pertinentes para el área de intervención.

Normativa y antecedentes para consulta

Artículo 13. Documentación disponible

La organización pondrá a disposición de los equipos participantes el dossier documental elaborado a partir de la información proporcionada por el Municipio de Castelli, que incluye cartografía, delimitaciones del área de intervención, normativa, información ambiental, infraestructura existente, registros gráficos y demás antecedentes disponibles sobre La Rosita y su entorno.

Esta documentación constituye la base común de información del concurso, a partir de la cual cada equipo deberá desarrollar su propia lectura e interpretación del paisaje.

CAPÍTULO IV – EL PROGRAMA

Artículo 14. Premisa de intervención

La Laguna La Rosita se encuentra en un proceso sostenido de transformación. Desde 2013, el Municipio de Castelli ha desarrollado distintas acciones de recuperación y consolidación del área, incorporando espacios y equipamientos destinados al uso recreativo, cultural y comunitario.

El concurso propone dar un nuevo paso en ese proceso, incorporando una mirada integral de paisaje.

El desafío consiste en reconocer e interpretar las relaciones que configuran La Rosita —entre el agua y sus bordes, los ambientes naturales, los usos y prácticas sociales y culturales, las infraestructuras existentes y las transformaciones en curso— y, a partir de esa lectura, formular una propuesta capaz de articular, cualificar y proyectar esas relaciones hacia el futuro.

Las propuestas deberán responder a las condiciones propias del paisaje de la llanura pampeana, reconociendo su horizontalidad, su amplitud, sus dinámicas hídricas, ambientales y perceptivas, y las distintas formas en que este paisaje es vivido y apropiado por la comunidad.

La Rosita es un paisaje vivo y en transformación. Las propuestas deberán partir de su reconocimiento e interpretación para contribuir, desde el proyecto, a cualificar y orientar sus transformaciones futuras.

Artículo 15. Ámbitos de intervención

A partir de la lectura integral del paisaje, cada equipo deberá desarrollar una propuesta de conjunto y dar respuesta a tres ámbitos de intervención, entendidos como partes relacionadas de una misma estrategia de proyecto de paisaje.

Ámbito A – El borde del agua

Desarrollar una propuesta para la relación entre el espejo de agua y sus bordes, considerando su condición variable y su vínculo con los usos, ambientes y espacios existentes.

Cada equipo deberá definir los criterios de intervención que considere pertinentes a partir de las condiciones y relaciones reconocidas en su lectura del paisaje, fundamentando las decisiones adoptadas y su articulación con la estrategia general de proyecto del paisaje.

Ámbito B – La relación con la reserva natural proyectada

Desarrollar una propuesta para la relación entre el área de uso público y la reserva natural proyectada, reconociendo sus valores y condiciones ambientales y las relaciones que cada equipo identifique a partir de su lectura del paisaje, en compatibilidad con los objetivos de conservación del área.

Cada equipo deberá definir y fundamentar el carácter, alcance y nivel de intervención que considere pertinente, así como las formas de relación que proponga entre ambos ámbitos, en articulación con la estrategia general de proyecto del paisaje

Ámbito C – Propuesta de libre elección

Cada equipo deberá identificar, a partir de su lectura e interpretación del paisaje, una situación, relación, valor, conflicto u oportunidad que considere relevante y desarrollar una propuesta específica para abordarla.

La naturaleza, escala y localización de esta intervención serán de libre elección y deberán estar fundamentadas en la lectura realizada y articuladas con la estrategia general de proyecto del paisaje.

Artículo 16. Alcance de las propuestas

Las propuestas tendrán el alcance propio de un concurso de ideas, centrado en la definición de criterios, relaciones y decisiones de proyecto que expresen una estrategia general para el paisaje de La Rosita.

Los equipamientos recreativos existentes —entre ellos el recreo municipal y el camping— y las obras actualmente en desarrollo, como el Club Náutico, deberán ser considerados como parte de las condiciones existentes del sitio. Las cuestiones correspondientes a la ingeniería hidráulica de la cuenca se considerarán asimismo como antecedentes técnicos proporcionados por el Municipio.

Cada equipo definirá la naturaleza, escala y grado de intervención de acuerdo con su lectura del paisaje y con la estrategia general de proyecto propuesta.

Se valorarán especialmente aquellas propuestas capaces de actuar con pertinencia sobre el paisaje, reconociendo qué conservar, fortalecer, poner en valor o transformar, de acuerdo con la lectura e interpretación realizada..

CAPÍTULO V – CONTENIDO DE LA ENTREGA

Artículo 17. Documentación requerida

Cada equipo deberá entregar los siguientes documentos en formato digital, organizados en una única carpeta comprimida (.zip) e identificados exclusivamente con el código de equipo asignado al momento de la inscripción.

a. Láminas gráficas

Máximo cuatro (4) láminas en formato A1 horizontal (841 × 594 mm), resolución mínima de 150 dpi, en formato PDF.

La organización gráfica será libre, pero el conjunto deberá permitir comprender:

  • la lectura e interpretación del paisaje realizada por el equipo;

  • la propuesta general y la estrategia de proyecto del paisaje;

  • la relación entre los distintos ámbitos y el conjunto;

  • el desarrollo de los Ámbitos A, B y C;

  • las decisiones de proyecto necesarias para comprender las intervenciones propuestas;

  • los criterios de manejo del paisaje que formen parte de la propuesta.

Los equipos podrán utilizar plantas, cortes, elevaciones, cartografías, diagramas, fotografías, fotomontajes, perspectivas, renders u otros recursos gráficos que consideren pertinentes para comunicar su propuesta.

b. Memoria descriptiva

Documento PDF de hasta ocho (8) páginas, formato A4, fuente mínima 10 pt, que incluya:

  • lectura e interpretación del paisaje y reconocimiento de las condiciones, relaciones, valores, dinámicas, conflictos y potencialidades consideradas relevantes;

  • concepto e idea general de paisaje;

  • estrategia de proyecto del paisaje;

  • descripción y fundamentación de los Ámbitos A, B y C;

  • fundamentación específica del Ámbito C, explicitando qué situación, relación, valor, conflicto u oportunidad fue reconocida y de qué manera la propuesta responde a ella;

  • consideración del marco normativo aplicable;

  • criterios de materialidad, sostenibilidad y manejo del paisaje, cuando correspondan;

  • referencias proyectuales y bibliografía utilizadas.

c. Ficha técnica

Planilla PDF de una página que sintetice los principales datos de la propuesta.

El contenido y formato definitivo de la ficha técnica será establecido en el instructivo de entrega.

Y esto último me parece particularmente importante dejárselo a Leandro para revisar. No porque dudemos del enfoque, sino porque ahí entramos en una cuestión académica y técnica: qué datos comparables necesita realmente el jurado.

Artículo 18. Idioma e identificación de los archivos

Toda la documentación deberá presentarse en idioma español.

Los archivos se identificarán exclusivamente mediante el código asignado al equipo. Ningún documento podrá contener nombres de autores, universidades, instituciones, tutores, logotipos ni ningún otro dato que permita identificar la procedencia del proyecto durante la etapa de evaluación.

Las especificaciones relativas a nomenclatura de archivos, peso máximo, modalidad de carga y demás condiciones operativas serán comunicadas mediante el instructivo técnico de entrega.

Artículo 19. Precisiones técnicas

La organización podrá emitir durante el período de consultas aclaraciones o precisiones relativas a escalas, modalidades de representación, ficha técnica y demás aspectos operativos de la entrega, siempre que estas no alteren el objeto, los principios ni las condiciones sustanciales del concurso.

CAPÍTULO VI – CRONOGRAMA

Artículo 20. Fechas del concurso

Instancia

Fecha

Lanzamiento e inicio de inscripciones

8 de agosto de 2026

Cierre de inscripciones

10 de septiembre de 2026

Encuentro de orientación – “Leer el paisaje antes de proyectar”

15 de septiembre 2026

Período de consultas

8 de agosto al 30 de septiembre de 2026

Fecha límite de entrega

31 de octubre de 2026 – 23:59 h

Evaluación del jurado

1 al 7 de noviembre de 2026

Anuncio de ganadores y apertura de exposición

8 de noviembre de 2026

Exposición de proyectos seleccionados

12 al 14 de noviembre de 2026

Las consultas deberán realizarse a través del canal oficial que establezca la organización. Las respuestas que impliquen aclaraciones de carácter general serán comunicadas a todos los equipos inscriptos, garantizando igualdad de acceso a la información.

Las fechas establecidas podrán ser modificadas únicamente por razones debidamente justificadas. Cualquier modificación será comunicada simultáneamente a todos los equipos inscriptos a través de los canales oficiales del concurso.

Encuentro de orientación – “Leer el paisaje antes de proyectar”.
Instancia virtual destinada a acompañar a los equipos participantes en la aproximación al paisaje de La Rosita y en el pasaje de la lectura al proyecto. El encuentro brindará herramientas y criterios para abordar la lectura integral del paisaje,
sin orientar diagnósticos ni anticipar soluciones proyectuales.

CAPÍTULO VII – JURADO Y EVALUACIÓN

Artículo 21. Composición del jurado

El jurado estará integrado por un mínimo de cinco (5) miembros con trayectoria reconocida en los campos del paisaje, el proyecto, la planificación territorial, el ambiente y/o la formación académica vinculada a estas áreas.

Su composición procurará reunir diferentes miradas disciplinares, profesionales, territoriales y académicas acordes con el carácter integral del concurso.

La nómina definitiva del jurado será comunicada a través de los canales oficiales de la convocatoria.

Artículo 22. Criterios de evaluación

1. Lectura e interpretación del paisaje.
Capacidad para reconocer y comprender las
relaciones, dinámicas, valores, conflictos y potencialidades del paisaje de La Rosita, considerando sus dimensiones ambientales, territoriales, sociales, culturales y perceptivas.

2. Coherencia entre lectura, estrategia y propuesta.
Correspondencia entre aquello que el equipo reconoce e interpreta en el paisaje, los
criterios que construye a partir de esa lectura, la estrategia general que formula y las decisiones de proyecto que desarrolla.

3. Calidad de la estrategia de proyecto del paisaje.
Capacidad de la propuesta para
articular los diferentes ámbitos y relaciones reconocidos en el paisaje desde una mirada integral, formulando una estrategia de conjunto pertinente para su evolución y transformación futura.

4. Pertinencia de las decisiones de intervención.
Coherencia de las decisiones adoptadas con las
condiciones, dinámicas, valores y relaciones reconocidas en el paisaje, considerando especialmente su dimensión ambiental, sus usos y prácticas existentes y las posibilidades de conservación, fortalecimiento, puesta en valor o transformación identificadas por cada equipo.

5. Capacidad propositiva e innovación.
Capacidad para aportar
respuestas originales, pertinentes y fundamentadas a las condiciones y relaciones reconocidas en el paisaje, incluyendo aquello que el equipo haya identificado y desarrollado a través del Ámbito C – Propuesta de libre elección.

6. Claridad de comunicación y representación.
Capacidad de las láminas y la memoria para
comunicar y hacer comprensible el proceso que vincula la lectura del paisaje, los criterios adoptados, la estrategia general y las decisiones de proyecto.

Artículo 23. CRITERIOS CENTRALES DE EVALUACIÓN 

La evaluación será integral y fundada en los criterios establecidos en el artículo precedente.

En atención al objeto y enfoque del concurso, tendrán especial relevancia la lectura e interpretación del paisaje, la coherencia entre lectura, criterios, estrategia y propuesta y la calidad de la estrategia de proyecto del paisaje.

La claridad de comunicación y representación será valorada en tanto permita comprender adecuadamente el proceso de lectura, los criterios adoptados, la estrategia general y las decisiones de proyecto, sin constituir por sí misma un criterio determinante de premiación.

El jurado realizará una evaluación integral de cada trabajo y dejará constancia de los fundamentos de su decisión en el acta correspondiente.

Artículo 24. Fallo

El fallo del jurado será definitivo.

El jurado podrá otorgar las menciones que considere pertinentes de acuerdo con la calidad de los trabajos presentados y podrá declarar desierta una categoría cuando considere que ninguna propuesta alcanza las condiciones suficientes para su premiación.

El acta del jurado identificará los proyectos seleccionados y expondrá sintéticamente los fundamentos de la decisión.

CAPÍTULO VIII – PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS

Artículo 25. Premios y menciones

El concurso otorgará un Primer Premio en cada una de las categorías establecidas en estas Bases:

  • Categoría A – Grado

  • Categoría B – Jóvenes Graduados

  • Categoría C – Posgrado

El jurado podrá otorgar asimismo menciones especiales de acuerdo con la calidad y particularidades de los trabajos presentados.

Los equipos ganadores y aquellos que reciban menciones obtendrán el correspondiente certificado de premiación o distinción. Los equipos que hayan completado válidamente la entrega recibirán certificado de participación.

Artículo 26. Reconocimiento académico, publicación y difusión

Los proyectos ganadores y aquellos que reciban menciones integrarán el Cuaderno del Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026 – Laguna La Rosita, Castelli, una publicación especial de la Editorial RAP con ISBN.

El Cuaderno documentará el proceso del concurso, su marco y fundamentos, el paisaje objeto de la convocatoria y las propuestas seleccionadas en sus distintas categorías. Los proyectos serán publicados con sus autores, memorias y una selección del material gráfico presentado, de acuerdo con los criterios editoriales establecidos por la Editorial RAP.

La publicación constituirá un registro permanente de la convocatoria y de las ideas producidas en torno al paisaje de La Rosita, y permitirá a los autores incorporar la distinción y la publicación como antecedentes de su trayectoria académica y profesional.
Artículo 27. Exposición y presentación pública

Los proyectos ganadores y las menciones serán expuestos durante el Encuentro Internacional Paisaje en Red – Paisajes de Vida 2026, que se realizará del 12 al 14 de noviembre en La Balbina, Castelli.

Las propuestas seleccionadas formarán parte asimismo de una presentación pública organizada por la RAP y serán difundidas a través de los canales institucionales de la Red Argentina del Paisaje y del Municipio de Castelli.

Los integrantes de los equipos ganadores contarán con inscripción bonificada al Encuentro Internacional 2026, favoreciendo su participación en las jornadas y actividades programadas.

Artículo 28. Reconocimientos adicionales

La organización podrá incorporar durante el desarrollo del concurso otros premios, reconocimientos y beneficios académicos, formativos o vinculados con la participación presencial, que resulten de acuerdos con universidades, organismos públicos, instituciones o patrocinadores.

Estos beneficios serán complementarios a los establecidos en las presentes Bases y su incorporación no modificará los criterios de evaluación ni las condiciones de participación.

Serán comunicados oportunamente a todos los participantes a través de los canales oficiales del concurso.

CAPÍTULO IX – AUTORÍA, DIFUSIÓN Y DISPOSICIONES FINALES

Artículo 29. Autoría y derechos de difusión

La autoría y los derechos intelectuales de las propuestas presentadas permanecerán en todos los casos en poder de sus autores.

La participación en el concurso implica la autorización a la Red Argentina del Paisaje (RAP) y al Municipio de Castelli para exhibir, reproducir y difundir los trabajos válidamente presentados, en soportes gráficos, digitales, audiovisuales y expositivos vinculados exclusivamente con la comunicación, documentación y memoria del concurso, siempre con identificación de sus autores.

Esta autorización tendrá carácter no exclusivo y no implicará cesión de autoría ni transferencia de los derechos intelectuales de los proyectos.

Los proyectos ganadores y aquellos que reciban menciones podrán además ser publicados editorialmente e integrarán el Cuaderno del Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026 – Laguna La Rosita, Castelli, editado por la Editorial RAP con ISBN.

Los trabajos podrán ser difundidos asimismo por las instituciones que acompañen oficialmente la convocatoria, en el marco de la comunicación y difusión del concurso y con el correspondiente reconocimiento de autoría.

Artículo 30. Publicación editorial

Los autores de los proyectos ganadores y de las menciones autorizan su incorporación al Cuaderno del Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026 – Laguna La Rosita, Castelli, editado por la Editorial RAP con ISBN.

Para su edición, la Editorial RAP podrá realizar tareas de selección, diagramación y adecuación del material gráfico y textual recibido, sin alterar el sentido sustancial de las propuestas y preservando en todos los casos la identificación de sus autores.

Cuando resulte necesario para la calidad de la publicación, la Editorial RAP podrá solicitar a los equipos seleccionados archivos originales, imágenes, planos u otros materiales complementarios.

Artículo 31. Carácter de las propuestas

La premiación, publicación, exposición o difusión de una propuesta no implica su adopción, desarrollo posterior ni ejecución, total o parcial, por parte del Municipio de Castelli, la Red Argentina del Paisaje o las instituciones acompañantes.

Las propuestas tendrán el carácter de aportes surgidos de una convocatoria académica y proyectual en torno al paisaje de la Laguna La Rosita.

Artículo 32. Aceptación de las Bases

La inscripción y participación en el concurso implica el conocimiento y la aceptación de las presentes Bases en todos sus términos.

Las situaciones no previstas serán resueltas por la organización, con intervención de la Coordinación Académica cuando corresponda a aspectos académicos o proyectuales del concurso.

Las aclaraciones y comunicaciones oficiales emitidas durante el desarrollo de la convocatoria pasarán a formar parte de las condiciones del concurso y serán comunicadas por igual a todos los equipos participantes.

Artículo 33. Consultas y comunicaciones

Todas las consultas relativas al concurso deberán realizarse a través del canal oficial establecido por la organización.

Las respuestas que por su contenido resulten de interés general serán comunicadas a todos los equipos inscriptos, preservando la igualdad de acceso a la información.

Toda modificación, aclaración o información complementaria será publicada a través de los canales oficiales del Concurso Nacional de Ideas de Paisaje RAP 2026.

ORGANIZACIÓN Y EQUIPO RESPONSABLE

Organiza:
Red Argentina del Paisaje (RAP) – Nodo Buenos Aires

En el marco del: Encuentro Internacional Paisaje en Red – Paisajes de Vida 2026, organizado por la Red Argentina del Paisaje (RAP) junto a la Iniciativa Latinoamericana del Paisaje (LALI).

Aval y acompañamiento institucional:
Municipio de Castelli

Coordinación Académica:
Arq. Leandro Varela – Maestría Paisaje, Medio Ambiente y Ciudad – FAU – UNLP

Coordinación General del Concurso:
Arq. Mauricio Maturana Müller – Nodo Buenos Aires, Red Argentina del Paisaje

Red Argentina del Paisaje:
Maribel Pérez Molina – Presidenta

Municipio de Castelli:
Autoridades y áreas intervinientes a confirmar.

Jurado:
La nómina definitiva será comunicada oficialmente una vez confirmadas las invitaciones.

Si querés sumarte a nuestra red, escribinos!